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Legislación › Orden EHA/672/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondientes, respectivamente, a actividades económicas en estimacion directa y a actividades económicas en estimación objetiva, el modelo 310 de declaración ordinaria para la autoliquidaciòn del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se determinan el lugar y forma de presentación de los mismos y se modifica en materia de domiciliación bancaria la Orden EHA/3398/2006, de 26 de octubre.

Artículo 7. Plazo de presentación e ingreso de los modelos 130 y 131.

Artículo 7. Plazo de presentación e ingreso de los modelos 130 y 131.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la presentación de las declaraciones formuladas en los modelos 130 y 131 y, en su caso, el ingreso de la deuda tributaria resultante de las mismas en el Tesoro Público se realizará en los plazos siguientes:

a) Los tres primeros trimestres, entre el día 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre.

b) El cuarto trimestre, entre el día 1 y el 30 del mes de enero.

Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se entenderán trasladados al primer día hábil inmediato siguiente.

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