LexTotal

Legislación › Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.

Artículo 7. Competencia para el otorgamiento de las autorizaciones.

Artículo 7. Competencia para el otorgamiento de las autorizaciones.

El otorgamiento de las autorizaciones de transporte público y privado complementario se realizará por el órgano competente por razón del lugar en que las mismas hayan de estar domiciliadas, con arreglo a lo previsto en esta Orden.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →