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Legislación › Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

Artículo 46. Rendimientos del trabajo exentos por gastos por seguros de enfermedad.

Artículo 46. Rendimientos del trabajo exentos por gastos por seguros de enfermedad.

Estarán exentos los rendimientos del trabajo en especie, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.3.c) de la Ley del Impuesto, correspondientes a las primas o cuotas satisfechas por las empresas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, cuando se cumplan los siguientes requisitos y límites:

1. Que la cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo además alcanzar a su cónyuge y descendientes.

2. Que las primas o cuotas satisfechas no excedan de 500 euros anuales por cada una de las personas señaladas en el apartado anterior o de 1.500 euros para cada una de ellas con discapacidad. El exceso sobre dichas cuantías constituirá retribución en especie.

Se modifica por el art. 1.4 del Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-15842

Se modifica por el art. 1.16 del Real Decreto 633/2015, de 10 de julio. BOE-A-2015-7770.

Esta modificación resulta aplicable a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, según establece la disposición final 2.2 del citado Real Decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2017-15842 Leer Qué cambió
12 de julio de 2015 BOE-A-2015-7770 Leer Qué cambió
1 de abril de 2007 Texto original Leer

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