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Legislación › Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Disposición adicional decimosexta. Proyección exterior de las universidades.

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Disposición adicional decimosexta. Proyección exterior de las universidades.
Para potenciar la proyección internacional del sistema universitario español y la movilidad interuniversitaria, y con el fin de promover en el exterior la oferta educativa e investigadora de las universidades españolas, contribuir a la mejora de la acogida y estancia de estudiantes, profesores e investigadores extranjeros en España, y de españoles en el extranjero, y de impulsar el espacio europeo de educación superior y el espacio iberoamericano del conocimiento. Previo informe del Consejo de Universidades y de la Conferencia General de Política Universitaria, el Gobierno autorizará la constitución de una fundación del sector público estatal. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de septiembre de 2014 En vigor BOE-A-2014-9467 Leer Qué cambió
3 de mayo de 2007 Texto original Leer

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