Legislación › Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 6. Leyes de Función Pública.
Artículo 6. Leyes de Función Pública.
En desarrollo de este Estatuto, las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las Leyes reguladoras de la Función Pública de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.


