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Legislación › Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 6. Leyes de Función Pública.

Artículo 6. Leyes de Función Pública.

En desarrollo de este Estatuto, las Cortes Generales y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas aprobarán, en el ámbito de sus competencias, las Leyes reguladoras de la Función Pública de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

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