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Legislación › Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.

Artículo 85. Formación en servicios sociales.

Artículo 85. Formación en servicios sociales.

1. Las actividades y programas de formación que se desarrollen irán encaminados a actualizar los conocimientos, perfeccionar habilidades, desarrollar capacidades y adquirir herramientas con objeto de mejorar la calidad, la efectividad y la eficiencia de la atención social en beneficio de las personas usuarias y del conjunto de la ciudadanía.

2. Las actividades y programas estarán encuadrados en el marco del Plan Estratégico de Servicios Sociales que, además, articulará la posible colaboración y coordinación con centros de formación públicos o privados.

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