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Legislación › Ley 1/2007, de 16 de marzo, contra la contaminación acústica de las Illes Balears.

Disposición adicional octava. Ayudas de la Consejería de Medio Ambiente.

Disposición adicional octava. Ayudas de la Consejería de Medio Ambiente.

La Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de les Illes Balears promoverá y establecerá, de manera directa o mediante entes instrumentales, la creación de líneas de ayudas para facilitar a los municipios la aplicación de la presente ley. Especialmente se preverán subvenciones a la compra u homologación de aparatos de medición así como para la adaptación de las ordenanzas municipales o instrumentos de planeamiento a las disposiciones de la presente ley, formación de personal y elaboración, si se estima oportuna, de mapas de ruido, entre otros.

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