Legislación › Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal.
Artículo 31. Competencias.
Artículo 31. Competencias.
Corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la realización de los controles e inspecciones necesarios para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley Foral.


