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Legislación › Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad Vegetal.

Artículo 31. Competencias.

Artículo 31. Competencias.

Corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la realización de los controles e inspecciones necesarios para asegurar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley Foral.

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