Legislación › Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición adicional quinta. Creación de especialidades.
Disposición adicional quinta. Creación de especialidades.
1. Se crea la especialidad de agente de pesca en el cuerpo ayudante facultativo, escala de agentes de medio ambiente.
2. Se crea la especialidad de técnico en farmacia y parafarmacia en el cuerpo ayudante facultativo, escala sanitaria.
Se añade por la disposición final 41.1 de la Ley 4/2026, de 11 de junio. BOE-A-2026-15579
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