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Legislación › Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Artículo 95. La movilidad por participación en sistemas de provisión.

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Artículo 95. La movilidad por participación en sistemas de provisión.
1. El personal funcionario de otras administraciones carrera que accede a puestos de trabajo de la Administración autonómica mediante convocatorias de provisión, al margen de un proceso sistemas de transferencias provisión por concurso se integrará plenamente en la organización de medios personales y materiales, sólo puede integrarse la función pública autonómica, en los cuerpos y o las escalas propios del personal funcionario de esta Administración, la Administración de acuerdo con los requisitos y la Comunidad Autónoma de las condiciones que Illes Balears. A este personal se establezcan y le garantizará, en todo caso, el mantenimiento del subgrupo o grupo de clasificación que le corresponde de acuerdo con el principio cuerpo o la escala de reciprocidad. procedencia, así como la progresión que ha logrado en la carrera profesional, sin perjuicio de los derechos que se le reconocen en la administración pública de origen.
2. En todo caso, esta integración requiere el informe previo y favorable supuesto de la Escuela Balear personal funcionario de carrera que accede a puestos de trabajo de la Administración Pública autonómica mediante sistemas de provisión por libre designación y estará condicionada a cese del puesto de trabajo obtenido por este sistema, la acreditación Administración autonómica, en el plazo máximo de los conocimientos que constituyen contenidos mínimos exigibles para un mes contado desde el acceso día siguiente al de su cese, puede acordar la adscripción del personal funcionario a los cuerpos, las escalas otro puesto o las especialidades de comunicarle que no hará efectiva esta adscripción. En todo caso, durante este periodo se entiende que continúa a todos los efectos en servicio activo.
Transcurrido el plazo mencionado sin que se haya acordado
la Administración adscripción a otro puesto de trabajo o reciba la Comunidad Autónoma, establecidos por comunicación de que no se hará efectiva esta, el Consejo personal funcionario tiene que solicitar, en el plazo máximo de Gobierno, un mes, el reingreso al servicio activo en su administración de origen de acuerdo con las previsiones de la presente ley. lo que establece el Estatuto Básico del Empleado Público.

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22 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-13763 Leer Qué cambió
16 de junio de 2022 BOE-A-2022-13798 Leer Qué cambió
3 de julio de 2007 Texto original Leer

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