Legislación › Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de junio de 2018 y la del 14 de diciembre de 2024.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional decimocuarta. Capacitación lingüística para el reingreso en adscripción provisional del personal funcionario de carrera.
Para el reingreso en adscripción provisional, el personal funcionario de carrera que no tiene tenga reserva de un puesto de trabajo, previsto al en el artículo 113.2 de esta ley, tendrá que acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido en el momento del ingreso en el cuerpo, escala o especialidad en el que reingresa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22026 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2024 | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 27 de junio de 2018 | BOE-A-2018-9775 | Leer |
← Disposición adicional decimotercera Índice Disposición adicional decimoquinta →


