Legislación › Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León.
Artículo 65. Finalización.
Artículo 65. Finalización.
Los servicios que hubiesen intervenido en este procedimiento, una vez finalizado el mismo, comunicarán el resultado de la actuación a través del Centro Castilla y León 1-1-2.


