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Legislación › Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia.

Artículo 29. Colaboración social.

Artículo 29. Colaboración social.

La Consejería competente en materia de energía promoverá e impulsará la colaboración social en el uso responsable de la energía para la consecución de los objetivos de esta Ley. A tal fin, promoverá los planes y programas necesarios y celebrará los convenios administrativos de colaboración precisos con agentes del sector energético.

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