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Legislación › Ley 11/2006, de 22 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista y Plan de Equipamientos Comerciales de la Región de Murcia.

Artículo 23. Ejecución.

Artículo 23. Ejecución.

El Plan de Equipamientos Comerciales debe ejecutarse mediante:

a) La aprobación y revisión de los instrumentos de planeamiento urbanístico: planes generales, normas subsidiarias, planes parciales, planes especiales, programas de actuación urbanística o figuras que los sustituyan.

b) El otorgamiento de las licencias comerciales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

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