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Legislación › Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Artículo 7. Cambio de domicilio fiscal.

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Artículo 7. Cambio de domicilio fiscal.
Las personas jurídicas y entidades en general, así como las personas físicas que formen parte del Censo de empresarios, profesionales y retenedores, comunicarán el cambio de domicilio fiscal mediante una declaración censal de modificación, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del apartado 2 del artículo 8 10 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el que se regulan determinados censos tributarios, Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, utilizando para ello el modelo 036 o 037 de acuerdo con lo previsto en el apartado Uno del artículo 2. 036.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de febrero de 2025 En vigor BOE-A-2025-410 Leer Qué cambió
1 de julio de 2007 Texto original Leer

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