LexTotal

Legislación › Real Decreto 595/2007, de 4 de mayo, por el que se crea la Comisión Nacional para la Conmemoración de los Bicentenarios de la Independencia de las Repúblicas Iberoamericanas.

Artículo 3. El Presidente.

Artículo 3. El Presidente.

La Comisión Nacional será presidida por el Ministro de la Presidencia.

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 147/2011, de 4 de febrero. BOE-A-2011-2208.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de febrero de 2011 En vigor BOE-A-2011-2208 Leer Qué cambió
12 de mayo de 2007 Texto original Leer

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →