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Legislación › Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos.

Artículo 32. Administración General del Estado.

Artículo 32. Administración General del Estado.

Los órganos de la Administración General del Estado radicados en la Comunidad Foral constituirán sus propios sistemas archivísticos y se regirán, en lo que respecta a la gestión de documentos y archivos, por lo dispuesto por la legislación del Estado en sus respectivos ámbitos.

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