Legislación › Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos.
Artículo 32. Administración General del Estado.
Artículo 32. Administración General del Estado.
Los órganos de la Administración General del Estado radicados en la Comunidad Foral constituirán sus propios sistemas archivísticos y se regirán, en lo que respecta a la gestión de documentos y archivos, por lo dispuesto por la legislación del Estado en sus respectivos ámbitos.


