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Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos.
Derogada o sin vigencia Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 11 de mayo de 2007 · Último cambio el 2 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la Ley Foral.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO II
- Artículo 4. Documentos de titularidad pública.
- Artículo 5. Documentos de titularidad privada.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Definición.
- Artículo 7. Estructura.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Cabecera del Sistema.
- Artículo 9. Consejo Navarro de Cultura.
- Artículo 10. Comisión de Evaluación Documental.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Derechos.
- Artículo 12. Requisitos técnicos.
- Artículo 13. Requisitos profesionales.
- Artículo 14. Deber de colaboración.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. El ciclo vital de los documentos y sus fases.
- Artículo 16. Archivo de oficina.
- Artículo 17. Archivo intermedio.
- Artículo 18. Archivo histórico.
- Artículo 19. Evaluación de documentos y calendarios de conservación.
- Artículo 20. Acceso a la documentación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Definición.
- Artículo 22. Estructura.
- Artículo 23. Dirección del Sistema Archivístico de la Administración de la Comunidad Foral.
- Artículo 24. Archivos de oficina.
- Artículo 25. Archivos centrales.
- Artículo 26. Archivo de la Administración.
- Artículo 27. Archivo Real y General de Navarra.
- CAPÍTULO II
- Artículo 28. Vinculación al Sistema Archivístico de Navarra.
- Artículo 29. Municipios de más de 15.000 habitantes.
- Artículo 30. Otras Entidades Locales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 31. Parlamento de Navarra.
- Artículo 32. Administración General del Estado.
- Artículo 33. Juzgados y Tribunales de Justicia.
- Artículo 34. Universidad Pública de Navarra.
- Artículo 35. Archivos de la Fe Pública.
- Artículo 36. Integración en el Sistema Archivístico de Navarra.
- TÍTULO V
- Artículo 37. Infracciones, sanciones y procedimiento sancionador.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación al Gobierno de Navarra.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


