Legislación › Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
Disposición adicional primera. Acceso y cálculo de las prestaciones en los supuestos de cuidados no profesionales a tiempo parcial.
Disposición adicional primera. Acceso y cálculo de las prestaciones en los supuestos de cuidados no profesionales a tiempo parcial.
Acceso y cálculo de las prestaciones en los supuestos de cuidados no profesionales a tiempo parcial.
En los supuestos previstos en el segundo y tercer párrafo del artículo 4.1 para el acceso y cálculo de las correspondientes prestaciones económicas se aplicarán las reglas previstas en los casos de contratos a tiempo parcial.
Se modifica por el art. 2.3 del Real Decreto 175/2011, de 11 de febrero. BOE-A-2011-3175.
Esta modificación surte efectos desde el 1 de enero de 2011, según establece la disposición final única.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de febrero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-3175 | Leer | Qué cambió |
| 13 de mayo de 2007 | Texto original | Leer |


