Legislación › Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado.
Artículo 19. Ejecución del proyecto, instalación o actividad.
Artículo 19. Ejecución del proyecto, instalación o actividad.
No podrán otorgarse las autorizaciones y licencias que sean necesarias para la ejecución de los proyectos o la instalación o funcionamiento de las actividades que requieran una autorización ambiental integrada en tanto no se haya publicado oficialmente la resolución que la otorgue.


