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Legislación › Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado.

Artículo 19. Ejecución del proyecto, instalación o actividad.

Artículo 19. Ejecución del proyecto, instalación o actividad.

No podrán otorgarse las autorizaciones y licencias que sean necesarias para la ejecución de los proyectos o la instalación o funcionamiento de las actividades que requieran una autorización ambiental integrada en tanto no se haya publicado oficialmente la resolución que la otorgue.

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