Legislación › Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado.
Artículo 35. Nulidad.
Artículo 35. Nulidad.
Serán nulas de pleno Derecho las autorizaciones de apertura o funcionamiento que se otorguen sin el debido acuerdo favorable de la comisión de comprobación ambiental.
Se modifica por el art. 14.6 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-842
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-842 | Leer | Qué cambió |
| 22 de diciembre de 2006 | Texto original | Leer |


