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Legislación › Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de control ambiental integrado.

Artículo 35. Nulidad.

Artículo 35. Nulidad.

Serán nulas de pleno Derecho las autorizaciones de apertura o funcionamiento que se otorguen sin el debido acuerdo favorable de la comisión de comprobación ambiental.

Se modifica por el art. 14.6 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-842

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2021-842 Leer Qué cambió
22 de diciembre de 2006 Texto original Leer

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