Legislación › Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.
Artículo 42. Fondo de Contingencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2010 y la del 2 de febrero de 2016.
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Artículo 42. Crédito global. Fondo de Contingencia.
1. Con carácter excepcional excepcional, para hacer frente a las necesidades inaplazables, de carácter no discrecional que no hubieran podido preverse en los presupuestos, podrá deberá dotarse un crédito global por cuantía no superior al 2 por 100 del total Fondo de gastos para operaciones no financieras, Contingencia destinado únicamente a financiar, cuando proceda, las modificaciones siguientes:
a) Las ampliaciones de crédito reguladas en el artículo 47.
b) Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.
c) Las incorporaciones de crédito, conforme al artículo 49.
La partida del crédito global Fondo de Contingencia no estará sujeta a las limitaciones establecidas en los artículos 38 y 44 a 50, ambos inclusive de esta Ley Foral. ley foral.
2. La autorización de los traspasos de fondos con cargo a dicho crédito global fondo de contingencia se supeditará a la justificación de la imposibilidad, por parte de los gestores del gasto, de atender a esas nuevas necesidades con los créditos ordinarios autorizados de forma originaria por la Ley Foral de Presupuestos o, de forma sobrevenida, a través de expedientes de modificaciones presupuestarias.
3. La utilización de dicho crédito global Fondo de Contingencia deberá ser autorizada por el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, Hacienda y se llevará a cabo mediante traspasos de fondos a los créditos específicos que se habiliten para atender a dichas obligaciones, los cuales no podrán ser objeto de minoración. Política Financiera.
4. El Gobierno de Navarra remitirá, con periodicidad trimestral, al Parlamento Foral un informe acerca de la utilización de dicho Crédito Global. Fondo de Contingencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2017 En vigor | BOE-A-2018-805 | Leer | Qué cambió |
| 2 de febrero de 2016 | BOE-A-2016-2285 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-2629 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


