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Legislación › Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha.

Disposición adicional primera. Constitución del Observatorio Regional para las Energías Renovables.

Disposición adicional primera. Constitución del Observatorio Regional para las Energías Renovables.

La sesión de constitución del Observatorio Regional para las Energías Renovables se realizará en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley.

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