Legislación › Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Artículo 21. Memoria e Informe.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2007 y la del 16 de abril de 2025.
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Artículo 21. Memoria e Informe.
1. El Consejo Escolar de Localidad deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bianual bienal sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. El informe y la memoria deberán remitirse al Ayuntamiento y a la Delegación Provincial competente en materia de Educación y Ciencia educación correspondiente a lo largo del primer trimestre del siguiente curso.
2. Los Consejos Escolares de Localidad podrán elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-11442 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2007 | Texto original | Leer |


