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Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 17 de mayo de 2007 · Último cambio el 15 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. La participación en la programación general de la enseñanza.
  4. Artículo 2. Objetivos de la programación general de la enseñanza.
  5. Artículo 3. Contenido de la programación general de la enseñanza.
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 4. Órganos de gobierno, de participación y de consulta.
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. El Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
  10. Artículo 6. Composición.
  11. Artículo 7. La Presidencia.
  12. Artículo 8. La Vicepresidencia.
  13. Artículo 9. Los Consejeros y Consejeras. 4 redacciones · cambió el 15/04/2025
  14. Artículo 10. Duración del mandato.
  15. Artículo 11. La Secretaría General del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
  16. Artículo 12. Funciones del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.
  17. Artículo 13. Contenidos de consulta. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  18. Artículo 14. Memorias e Informes. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  19. Artículo 15. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 16. Consejos Escolares de Localidad.
  22. Artículo 17. Constitución.
  23. Artículo 18. La Presidencia.
  24. Artículo 19. Los Consejeros y Consejeras.
  25. Artículo 20. Funciones de los Consejos Escolares de Localidad. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  26. Artículo 21. Memoria e Informe. 2 redacciones · cambió el 15/04/2025
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 22. Consejo Escolar de Centro.
  29. Artículo 23. Composición del Consejo Escolar de los centros públicos.
  30. Artículo 24. Composición del Consejo Escolar de los centros privados concertados.
  31. Artículo 25. Atribuciones.
  32. TÍTULO II
  33. Artículo 26. Participación.
  34. Artículo 27. Fines de las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas.
  35. Artículo 28. Las Asociaciones de alumnos y alumnas.
  36. Disposición adicional primera. Los Consejos Escolares de Zona Educativa.
  37. Disposición adicional segunda. Reglamento de funcionamiento.
  38. Disposición transitoria primera. Aplicación de las normas reglamentarias.
  39. Disposición transitoria segunda. Constitución y continuidad de los Consejos Escolares de Centro.
  40. Disposición transitoria tercera. Adaptación de los Consejos Escolares municipales.
  41. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  42. Disposición final primera. Autorización para el desarrollo reglamentario.
  43. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  44. Firma