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Legislación › Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 14. Memorias e Informes.

Artículo 14. Memorias e Informes.

1. El Consejo Escolar de Castilla-La Mancha La Mancha deberá elaborar, con carácter anual, una memoria de sus actividades y con carácter bienal un informe sobre la situación de la enseñanza en la Región. Dichos documentos tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno del Consejo Escolar.

2. El informe sobre la situación de la enseñanza será aprobado antes de concluir el curso escolar siguiente al de los dos cursos escolares que son objeto del mismo.

3. La memoria de actividades a que se refiere el apartado 1 de este artículo deberá remitirse a la Consejería competente en materia de educación a lo largo del primer trimestre del siguiente curso.

Se modifica el apartado 1 por el art. 3.3 de la Ley 2/2025, de 11 de abril. BOE-A-2025-11442

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-11442 Leer Qué cambió
9 de abril de 2007 Texto original Leer

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