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Legislación › Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 13. Contenidos de consulta.

Artículo 13. Contenidos de consulta.

1. El Consejo Escolar de Castilla-La Mancha deberá ser consultado en los siguientes asuntos:

a) Las bases de la programación general de la enseñanza en Castilla-La Mancha.

b) Los anteproyectos de leyes y proyectos de disposiciones generales concernientes a enseñanzas previas a la Universidad que afecten directamente al ejercicio efectivo del derecho a la educación, a la libertad de enseñanza y al cumplimiento de las obligaciones que impone el artículo 27 de la Constitución Española a los poderes públicos.

c) Los criterios generales para la financiación de los centros públicos y para la concertación de los privados dentro del marco competencial general de la Comunidad Autónoma.

d) Los planes de innovación y experimentación de programas y orientaciones pedagógicas.

e) Los planes y objetivos para la educación y formación de adultos.

f) Las disposiciones y actuaciones generales encaminadas a mejorar la calidad de la enseñanza y a compensar las desigualdades educativas, individuales o sociales.

g) Los programas e iniciativas dirigidos a fomentar la conciencia de la identidad regional y los valores culturales de Castilla-La Mancha.

h) Todas aquellas cuestiones que por precepto expreso de una ley, hayan de consultarse al Consejo Escolar.

2. La persona titular de la Consejería en materia de educación podrá someter a la consideración del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha cuantos otros contenidos educativos considere relevantes.

3. El Consejo Escolar estudiará igualmente aquellos informes que, en el desarrollo de sus competencias, sean elaborados y remitidos por los Consejos Escolares de los distintos ámbitos, a fin de ejercer interlocución con aquellas instancias de la Consejería competente que queden señaladas en dichos informes.

Se modifica el apartado 3 por el art. 3.2 de la Ley 2/2025, de 11 de abril. BOE-A-2025-11442

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-11442 Leer Qué cambió
9 de abril de 2007 Texto original Leer

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