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Legislación › Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria tercera. Adaptación de los Consejos Escolares municipales.

Disposición transitoria tercera. Adaptación de los Consejos Escolares municipales.

Los municipios que hubiesen constituido Consejos Escolares municipales al amparo de lo dispuesto en el Capítulo VII del Real Decreto 2274/1993, de 22 de diciembre, de Cooperación de las Corporaciones locales con el Ministerio de Educación, deberán adaptar su regulación a lo dispuesto en la presente ley en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.

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