Legislación › Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
Artículo 48. Plazo de resolución.
Artículo 48. Plazo de resolución.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de los procedimientos sancionadores referidos a las infracciones graves y muy graves contempladas en la presente Ley es de un año desde el inicio del procedimiento, y tres meses para las leves.
Se modifica por la disposición final 1 de la Ley 1/2010, de 11 de marzo. BOE-A-2010-11730.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-11730 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2007 | Texto original | Leer |


