Legislación › Ley 6/2008, de 13 de mayo, del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes.
Artículo 6. Plenario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de mayo de 2008 y la del 31 de diciembre de 2011.
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Artículo 6. Plenario.
1. El Plenario es el órgano superior del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes y le corresponden las máximas facultades de dirección de las actividades del Consejo, entre las que se incluyen:
a) Aprobar el anteproyecto de presupuesto.
b) Aprobar los programas anuales de actuación, inversiones y financiación.
c) Aprobar las cuentas anuales y la liquidación final del presupuesto.
2. El Plenario del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes está integrado por once siete miembros, nombrados por el Parlamento de entre personas con experiencia y de prestigio reconocido en el ámbito cultural y artístico. La composición y renovación posterior del Plenario deben responder a criterios de participación paritaria de mujeres y hombres. También hay que velar para Debe velarse por que el Plenario recoja la pluralidad con respecto en cuanto a las disciplinas artísticas.
3. La Presidencia de la Generalidad debe elaborar la propuesta de lista de miembros del Consejo. Los representantes de los sectores culturales deben hacer llegar propuestas para que puedan ser tomadas en consideración. La Presidencia de la Generalidad eleva la propuesta de lista al Parlamento, el cual debe aceptar o rechazar la totalidad de la lista por mayoría absoluta en una primera votación o por mayoría simple en una segunda votación.
4. El mandato de los miembros es de cinco años, y pueden ser reelegidos por un nuevo mandato de cinco años más como máximo.
5. El Plenario nombra, a propuesta de la presidencia del Consejo, al secretario o secretaria, de entre los miembros del Consejo.
6. Los miembros del Consejo, en el ejercicio de las funciones que les corresponden, actúan con plena independencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de mayo de 2019 En vigor | BOE-A-2019-90491 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-548 | Leer | Qué cambió |
| 22 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |


