Legislación › Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura.
Disposición adicional sexta. Concesiones de transportes.
Disposición adicional sexta. Concesiones de transportes.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 5/2009, de 25 de noviembre. BOE-A-2009-20657
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de diciembre de 2009 En vigor | BOE-A-2009-20657 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |
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