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Legislación › Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura.

Disposición adicional sexta. Concesiones de transportes.

Disposición adicional sexta. Concesiones de transportes.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria de la Ley 5/2009, de 25 de noviembre. BOE-A-2009-20657

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-20657 Leer Qué cambió
27 de mayo de 2008 Texto original Leer

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