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Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia.

Artículo 48.

Artículo 48.

La condición de funcionaria o funcionario se pierde por alguna de las causas siguientes:

1. Renuncia expresa, que no inhabilita para nuevo ingreso en la función pública.

2. Separación del servicio, por resolución firme recaída en expediente disciplinario o inhabilitación absoluta o especial para cargo público acordada como pena principal o accesoria en sentencia judicial de carácter definitivo.

3. Pérdida de la nacionalidad española, teniendo en cuenta, no obstante, la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de la población nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

4. Jubilación forzosa o voluntaria.

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