Legislación › Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 151. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso administrativo.
Artículo 151. Programación de actuaciones de adquisición o modificación de superficies en inmuebles para uso administrativo.
Los órganos responsables de cada Consejería y organismo o ente público, remitirán al órgano directivo que tenga asignadas las funciones patrimoniales, en los plazos que se establezcan para la elaboración del anteproyecto de gastos e ingresos, las previsiones de necesidad de edificios administrativos para el año siguiente.


