Legislación › Ley 3/2008, de 16 de junio, reguladora de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales».
Artículo 15.
Artículo 15.
La Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales», como entidad de Derecho público, está sometida a lo dispuesto en la presente Ley y en sus disposiciones complementarias de desarrollo. Por lo que respecta a las relaciones jurídicas externas, a las adquisiciones patrimoniales y a la contratación, estará sujeta, sin excepciones, al Derecho privado.
De los acuerdos que dicten los órganos de gobierno de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» y de las pretensiones que en relación con ellos se deduzcan, conocerá la jurisdicción que en cada caso corresponda, sin necesidad de formular la reclamación previa en vía gubernativa.


