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Legislación › Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Artículo 15. Medidas para fomentar el aprovechamiento compartido del conocimiento.

Artículo 15. Medidas para fomentar el aprovechamiento compartido del conocimiento.

La Administración de la Junta de Andalucía fomentará el aprovechamiento compartido del conocimiento a través de, entre otras, las siguientes acciones:

a) Impulso de la cooperación, las alianzas y el trabajo en red.

b) Apoyo al lanzamiento de nuevas empresas de base tecnológica, especialmente las derivadas de proyectos de investigación andaluces, y de otros proyectos innovadores generados por personas y empresas emprendedoras.

c) Promoción de plataformas de aprovechamiento compartido del conocimiento que transfieran, adapten y apliquen el conocimiento para la producción de innovación.

d) Apoyo a la participación empresarial en el Sistema Andaluz del Conocimiento.

e) Promoción de la investigación cooperativa entre empresas y entre estas y los demás agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.

f) Desarrollo de instrumentos de cooperación entre agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento pertenecientes a los sectores público y privado.

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