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Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 23 de enero de 2008 · Último cambio el 28 de junio de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Principios informadores.
- Artículo 5. Objetivos.
- TÍTULO I
- Artículo 6. El conocimiento como bien público.
- Artículo 7. Sensibilización, divulgación y participación sobre las actividades del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 8. Fomento de la participación y de la confianza de la ciudadanía en la ciencia y la investigación.
- Artículo 9. Comité de Ética.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Medidas de fomento para la generación de conocimiento.
- Artículo 11. Criterios de ordenación de la investigación.
- Artículo 12. Investigación cooperativa y en red.
- Artículo 13. Gestión de la investigación.
- Artículo 14. Investigación en el sector privado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Medidas para fomentar el aprovechamiento compartido del conocimiento.
- Artículo 16. Impulso de la cultura emprendedora e innovadora en los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 17. Inserción en el sistema productivo de los profesionales de la I+D+I.
- Artículo 18. Impulso a la explotación comercial del conocimiento.
- Artículo 19. Redes del conocimiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Relación con el Espacio Europeo del Conocimiento.
- Artículo 21. Coordinación con los planes estatales y europeos.
- Artículo 22. Convenios.
- Artículo 23. Aplicación a las Corporaciones Locales.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 24. Organización básica.
- Artículo 25. Consejería competente en materia de I+D+I.
- Artículo 26. Comité Andaluz para la Sociedad del Conocimiento.
- Artículo 27. Agencia Andaluza del Conocimiento. 4 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 28. Organización en red del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 29. Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 30. Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 31. Universidades.
- Artículo 32. Organismos públicos de investigación. 2 redacciones · cambió el 28/06/2024
- Artículo 33. Centros e institutos de investigación.
- Artículo 34. Centros tecnológicos.
- Artículo 35. Academias. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Artículo 36. Sociedades científicas.
- Artículo 37. Empresas con actividades de investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 38. Registro de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 39. Concepto y carácter.
- Artículo 40. Valoración y reconocimiento de la actividad investigadora.
- Artículo 41. Proceso de selección.
- Artículo 42. Criterios para el sistema de incentivación.
- Artículo 43. Apoyo a la movilidad del personal investigador.
- Artículo 44. Participación del personal investigador del exterior.
- Artículo 45. Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la ciencia, la tecnología y la innovación.
- Artículo 46. Incorporación de la juventud a la actividad investigadora.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 47. Recursos económicos del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 48. Incentivos y becas.
- Artículo 49. Infraestructuras.
- CAPÍTULO V
- Artículo 50. Calidad y excelencia de las actividades.
- Artículo 51. Evaluación del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- Artículo 52. Proyección internacional del Sistema Andaluz del Conocimiento.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 53. Principios que rigen la protección y transferencia de resultados.
- Artículo 54. Protección jurídica de los resultados.
- Artículo 55. Titularidad.
- Artículo 56. Inventario.
- Artículo 57. Deber de colaboración.
- Artículo 58. Comunicación de la existencia de resultados.
- Artículo 59. Procedimiento de contratación.
- Artículo 60. Méritos.
- Artículo 61. Incentivación especial.
- Disposición transitoria única. Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


