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Legislación › Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Artículo 22. Convenios.

Artículo 22. Convenios.

La Administración de la Junta de Andalucía, las universidades andaluzas, los organismos públicos de investigación y los institutos de investigación singulares, en el marco de esta Ley y de acuerdo con la planificación que en esta materia apruebe el Consejo de Gobierno, podrán celebrar convenios de colaboración con otras entidades públicas o privadas, para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación que permitan un mejor aprovechamiento de medios, recursos y resultados científicos, y generen conocimiento compartido; todo ello sin perjuicio de lo establecido en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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