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Legislación › Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

Artículo 8. Fomento de la participación y de la confianza de la ciudadanía en la ciencia y la investigación.

Artículo 8. Fomento de la participación y de la confianza de la ciudadanía en la ciencia y la investigación.

La Administración de la Junta de Andalucía fomentará la participación y la confianza de la ciudadanía en la ciencia y la investigación. Con este objeto adoptará, entre otras, las siguientes acciones:

a) Impulsar la creación de instrumentos de participación flexibles y adaptados a la ciudadanía.

b) Promover una imagen de la ciencia y la tecnología que atienda al contexto social en el que se desarrolla y sea responsable frente a sus posibles consecuencias para la vida en nuestro planeta.

c) Promover canales de información a la ciudadanía sobre la realidad y los avances de la ciencia y la tecnología en Andalucía.

d) Promover investigaciones sobre las implicaciones sociales de la ciencia.

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