Legislación › Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.
Artículo 24. Prevención de riesgos y salud laboral.
Artículo 24. Prevención de riesgos y salud laboral.
La Administración educativa, en el marco general de la política de prevención de riesgos y salud laboral, y de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación, establecerá medidas específicas destinadas a promover el bienestar y la mejora de la salud laboral del profesorado y a actuar decididamente en materia de prevención.


