LexTotal

Legislación › Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

Disposición transitoria segunda. Personal interino mayor de cincuenta y cinco años.

Disposición transitoria segunda. Personal interino mayor de cincuenta y cinco años.

1. Se garantiza la estabilidad laboral al personal interino asimilado a los distintos cuerpos y especialidades docentes que, durante los años de implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, haya cumplido cincuenta y cinco años y tenga reconocido, al menos, cinco años de servicio en las bolsas de trabajo de la Comunidad Autónoma andaluza.

2. Los requisitos recogidos en el apartado anterior se entenderán referidos al 31 de agosto de cada año.

← Disposición transitoria primera Índice Disposición transitoria tercera →