LexTotal

Legislación › Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).

Artículo 30. Órgano de comunicación en procesos electorales.

Artículo 30. Órgano de comunicación en procesos electorales.

El órgano de comunicación con la Administración electoral durante los procesos electorales será la persona titular de la Dirección General de la RTVA.

← Artículo 29 Índice Artículo 31 →