Legislación › Ley 3/2007, de 16 de marzo, de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Disposición transitoria tercera. Importe de la prestación.
Disposición transitoria tercera. Importe de la prestación.
En tanto no se proceda al desarrollo reglamentario de la presente Ley serán aplicables, a los perceptores de la Prestación del Ingreso Mínimo de Inserción y a los beneficiarios de la Renta Básica de Inserción, los importes y cuantías determinados en la Orden de 20 de octubre de 2006 (LRM 2006, 364) de la Consejería de Trabajo y Política Social sobre actualización del importe de la prestación del Ingreso Mínimo de Inserción.
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