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Legislación › Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.

Artículo 15. Competencia.

Artículo 15. Competencia.

Corresponde a la Dirección General de Emigración el reconocimiento y pago de la prestación económica por razón de necesidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas en relación con la instrucción y custodia de los expedientes a las Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales y a los demás órganos a los que se refiere el artículo 8 de este real decreto.

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