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Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.

En vigor Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 24 de enero de 2008 · Último cambio el 12 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Beneficiarios de la prestación por razón de necesidad.
  5. Artículo 3. Requisitos de la prestación por razón de necesidad.
  6. Artículo 4. Naturaleza de la prestación económica.
  7. Artículo 5. Carencia de rentas o ingresos.
  8. Artículo 6. Rentas o ingresos computables.
  9. Artículo 7. Base de cálculo y cuantía de la prestación económica.
  10. Artículo 8. Procedimiento.
  11. Artículo 9. Efectos de la falta de resolución expresa.
  12. Artículo 10. Efectos económicos.
  13. Artículo 11. Abono de mensualidades devengadas y no percibidas.
  14. Artículo 12. Obligaciones de los beneficiarios.
  15. Artículo 13. Revisión del derecho a la prestación y reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.
  16. Artículo 14. Extinción del derecho.
  17. Artículo 15. Competencia.
  18. Artículo 16. Recursos.
  19. Artículo 17. Financiación y pago.
  20. Articulo 18. Fiscalización previa de la nómina de pago de la prestación por razón de necesidad.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 19. Determinación de la situación de incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo.
  23. Artículo 20. Cambio de la prestación por incapacidad.
  24. CAPÍTULO III
  25. Artículo 21. Prestación de asistencia sanitaria.
  26. Artículo 22. Garantía de la cobertura de la prestación de asistencia sanitaria.
  27. Artículo 23. Justificación de los pagos.
  28. Artículo 24. Evaluación de los servicios prestados.
  29. CAPÍTULO IV
  30. Artículo 25. Pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados.
  31. Artículo 26. Asistencia sanitaria para personas españolas de origen residentes en el exterior desplazados temporalmente al territorio nacional y para los familiares que los acompañen en sus desplazamientos temporales o en caso de retorno a España. 3 redacciones · cambió el 12/03/2026
  32. Disposición adicional única. Informe anual de seguimiento.
  33. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  34. Disposición final primera. Modificación del Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre por el que dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de servicios médicos en el Régimen General de la Seguridad Social.
  35. Disposición final segunda. Título competencial.
  36. Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
  37. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  38. Firma