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Legislación › Resolución de 10 de enero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia.

Décimotercero. Cumplimentación del modelo 790 de pago telemático de las tasas 020, Tasas administrativas del Ministerio de Justicia.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de abril de 2010 y la del 31 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (16 palabras). Subrayado: lo que se añadió (123 palabras). Volver al texto en vigor

Décimo tercero. Entrada en vigor. Décimotercero. Cumplimentación del modelo 790 de pago telemático de las tasas 020, Tasas administrativas del Ministerio de Justicia.
Esta Resolución entrará en vigor El declarante cumplimentará el formulario 790 accediendo a los siete días él a través del portal de su publicación Internet de la Administración de Justicia, siguiendo las instrucciones explicativas del propio modelo. A continuación solicitará la opción de pago telemático.
En lo relativo a las condiciones para efectuar este pago telemático, se estará a lo dispuesto
en el BOE. apartado noveno (“Criterios específicos de utilización de técnicas telemáticas”) para el pago telemático de las tasas 006, debiendo entenderse a estos efectos que cualquier referencia que se haga a la tasa 006 será aplicable a la tasa 020.
Asimismo podrán consultarse a estos efectos las instrucciones específicas que se encuentran publicadas en la página web www.administracióndejusticia.gob.es.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-912 Leer Qué cambió
2 de abril de 2010 BOE-A-2010-5295 Leer

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