Legislación › Resolución de 10 de enero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de las tasas administrativas del Ministerio de Justicia.
Duodécimo. Pago telemático de las tasas con código 004 «Derechos de examen (gestión por la Comisión de Selección de las pruebas de acceso a las carreras judicial y fiscal) y las tasas con código 007 «Derechos de examen para Pruebas selectivas en la Administración de Justicia».
Duodécimo. Pago telemático de las tasas con código 004 «Derechos de examen (gestión por la Comisión de Selección de las pruebas de acceso a las carreras judicial y fiscal) y las tasas con código 007 «Derechos de examen para Pruebas selectivas en la Administración de Justicia».
Una vez cumplimentada la solicitud, los sujetos pasivos que deseen proceder al pago por vía telemática lo realizarán conforme a lo dispuesto en el apartado cuarto.2 de la Orden HAC/729/2003 y su importe se ingresará a través de las cuentas restringidas abiertas en las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria que tiene encomendada la Agencia Tributaria en los términos establecidos en la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio.
Una vez efectuado el pago, la entidad colaboradora generará el Número de Referencia Completa (NRC) que será incluido por el Ministerio de Justicia en el mensaje de confirmación de la realización del ingreso que muestre al interesado. Este Número de Referencia Completa también figurará en el modelo 790 firmado que el Ministerio de Justicia proporcione al interesado como justificante del pago de la tasa y la de presentación de su instancia de participación en la prueba selectiva.
Se añade por el apartado 7 de la Resolución de 22 de marzo de 2010. BOE-A-2010-5295
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-5295 | Leer | Qué cambió |
| 1 de febrero de 2008 | Texto original | Leer |


