Legislación › Ley 8/2008, de 10 de julio, de financiación de las infraestructuras de gestión de los residuos y de los cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos.
Artículo 15. Tipo de gravamen.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2008 y la del 1 de octubre de 2011.
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Artículo 15. Tipos de gravamen.
1. Se fija el tipo de gravamen de diez 12 euros por tonelada de desperdicio de residuos municipales destinados a depósito controlado.
2. Se fija el tipo de gravamen de veinte 21 euros por tonelada de desperdicio de residuos municipales destinados a depósito controlado para los residuos municipales procedentes de los entes locales que no han iniciado el desarrollo de la recogida selectiva de la fracción orgánica, de acuerdo con el proyecto de desarrollo aprobado por la Agencia de Residuos de Cataluña, siempre que el ámbito territorial al que se encuentre adscrito el sujeto pasivo disponga de las correspondientes instalaciones de tratamiento de la fracción orgánica recogida selectivamente integradas en el programa Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña.
3. Se fija el tipo de gravamen de cinco 5,5 euros por tonelada de desperdicio de residuos municipales que se incinera.
4. Se fija el tipo de gravamen de quince 16 euros por tonelada de desperdicio de residuos municipales que se incinera procedentes de los entes locales que no han iniciado el desarrollo de la recogida selectiva de la fracción orgánica, de acuerdo con el proyecto de despliegue desarrollo aprobado por la Agencia de Residuos de Cataluña, siempre y cuando que el ámbito territorial al que se encuentre adscrito el sujeto pasivo disponga de las correspondientes instalaciones de tratamiento de la fracción orgánica recogida selectivamente integradas en el programa Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña.
5. A los efectos Al efecto de lo dispuesto por los apartados 2 y 4, la Generalidad debe identificar el tipo aplicable y comunicarlo a los sujetos pasivos y a los sujetos pasivos sustitutos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2017 | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2015 | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2014 | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4730 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2011 | BOE-A-2011-13896 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2008 | Texto original | Leer |


