Legislación › Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones.
Artículo 426-2. Ordenación.
Artículo 426-2. Ordenación.
Los fideicomisos pueden ordenarse en pacto sucesorio, testamento, codicilo y donación por causa de muerte.


