Legislación › Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.
Artículo 17. Registro de montes de titularidad privada.
Artículo 17. Registro de montes de titularidad privada.
La Consejería llevará un registro de montes de titularidad privada en el que se incluirán, al menos, aquellos que, por su superficie, sea preceptivo que dispongan de un instrumento de gestión forestal sostenible, conforme a lo establecido en el artículo 32.Dicho registro no tendrá carácter público.


