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Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 11 de agosto de 2008 · Último cambio el 17 de julio de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Concepto de monte. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  6. Artículo 4. Clases de montes.
  7. Artículo 5. Competencias de las Administraciones.
  8. Artículo 6. Órganos consultivos y de participación.
  9. TÍTULO II
  10. CAPÍTULO I
  11. Sección 1
  12. Artículo 7. Régimen jurídico de los montes demaniales.
  13. Artículo 8. Régimen de usos en el dominio público forestal. 2 redacciones · cambió el 23/12/2009
  14. Artículo 9. Catálogo de Montes de Utilidad Pública. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  15. Artículo 10. Desafectación de montes demaniales.
  16. Artículo 11. Demanialidad prevalente.
  17. Sección 2
  18. Artículo 12. Gestión de los montes patrimoniales.
  19. Sección 3
  20. Artículo 13. Investigación y recuperación posesoria de los montes demaniales.
  21. Artículo 14. Deslinde de montes de titularidad pública.
  22. Artículo 15. Amojonamiento de montes de titularidad pública.
  23. CAPÍTULO II
  24. Artículo 16. Gestión de los montes privados.
  25. Artículo 17. Registro de montes de titularidad privada.
  26. CAPÍTULO III
  27. Artículo 18. Declaración de montes protectores.
  28. Artículo 19. Montes singulares.
  29. Artículo 20. Registros de montes protectores y de montes singulares.
  30. Artículo 21. Montes protectores y montes singulares de titularidad privada.
  31. CAPÍTULO IV
  32. Artículo 22. Adquisiciones.
  33. Artículo 23. Derecho de adquisición preferente. Tanteo y retracto.
  34. Artículo 24. Límite a la segregación de montes. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  35. Artículo 25. Agrupación de montes.
  36. TÍTULO III
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 26. Información forestal.
  39. Artículo 27. Estadística forestal de Castilla-La Mancha.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 28. Plan Forestal de Castilla-La Mancha. 3 redacciones · cambió el 15/04/2025
  42. Artículo 29. Planes de ordenación de los recursos forestales.
  43. CAPÍTULO III
  44. Artículo 30. La gestión forestal sostenible.
  45. Artículo 31. Instrumentos de gestión forestal sostenible. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  46. Artículo 32. Exigencia de instrumentos de gestión forestal sostenible. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  47. Artículo 33. Gestión de los montes catalogados, montes protectores y montes singulares.
  48. Artículo 34. Red Regional de Áreas Protegidas y montes.
  49. Artículo 35. Inventario de Árboles y Ejemplares Singulares.
  50. Artículo 36. Áreas de reserva. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  51. Artículo 37. Certificación forestal y compra responsable de productos forestales.
  52. CAPÍTULO IV
  53. Sección 1
  54. Artículo 38. Disposiciones generales. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  55. Artículo 39. Supervisión administrativa de los aprovechamientos. 3 redacciones · cambió el 14/03/2023
  56. Sección 2
  57. Artículo 40. Planes de aprovechamiento.
  58. Artículo 41. Enajenación de los aprovechamientos. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  59. Artículo 42. Fondo de mejoras. 3 redacciones · cambió el 14/03/2023
  60. Artículo 43. Planes de mejoras. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  61. Sección 3
  62. Artículo 44. Acceso público a los montes. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  63. Artículo 45. Uso social y recreativo. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  64. TÍTULO IV
  65. CAPÍTULO I
  66. Artículo 46. Cambio de uso forestal. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  67. Artículo 47. Delimitación del uso forestal en el planeamiento urbanístico.
  68. Artículo 48. Roturaciones agrícolas. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  69. Artículo 49. Modificación de la cubierta vegetal. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  70. Artículo 50. Concentración parcelaria.
  71. Artículo 51. Minas y canteras.
  72. Artículo 52. Infraestructuras e instalaciones industriales.
  73. CAPÍTULO II
  74. Artículo 53. Competencias.
  75. Artículo 54. Zonas prioritarias de restauración hidrológico-forestal.
  76. Artículo 55. Proyectos de restauración hidrológico-forestal y planes de conservación de suelos.
  77. Artículo 56. Forestación de tierras agrarias.
  78. CAPÍTULO III
  79. Artículo 57. Competencia. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  80. Artículo 58. Prevención. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  81. Artículo 59. Detección y obligación de aviso.
  82. Artículo 60. Organización de la extinción.
  83. Artículo 61. Trabajos de extinción. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  84. Artículo 62. Zonas de alto riesgo de incendio. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  85. Artículo 63. Mantenimiento y restauración del carácter forestal de los terrenos afectados por incendios. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  86. Artículo 64. Aprovechamientos de productos forestales afectados por los incendios. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  87. Artículo 65. Indemnizaciones, daños y perjuicios.
  88. CAPÍTULO IV
  89. Artículo 66. Competencia.
  90. Artículo 67. Planificación y prevención.
  91. Artículo 68. Lucha y control.
  92. Artículo 69. Recursos genéticos forestales.
  93. TÍTULO V
  94. CAPÍTULO I
  95. Artículo 70. Investigación forestal.
  96. Artículo 71. Redes temáticas, parcelas de seguimiento y áreas de reserva.
  97. CAPÍTULO II
  98. Artículo 72. Formación y divulgación forestal.
  99. Artículo 73. Educación forestal.
  100. CAPÍTULO III
  101. Artículo 74. Extensión, policía y custodia forestal.
  102. TÍTULO VI
  103. CAPÍTULO I
  104. Artículo 75. Cooperativas, empresas e industrias forestales.
  105. CAPÍTULO II
  106. Artículo 76. Disposiciones generales.
  107. Artículo 77. Subvenciones.
  108. Artículo 78. Incentivos por las externalidades ambientales. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  109. Artículo 79. Créditos.
  110. TÍTULO VII
  111. CAPÍTULO I
  112. Artículo 80. Tipificación de las infracciones.
  113. Artículo 81. Calificación de las infracciones.
  114. Artículo 82. Medidas cautelares. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  115. Artículo 83. Responsables de las infracciones.
  116. Artículo 84. Prescripción de las infracciones.
  117. Artículo 85. Responsabilidad penal.
  118. CAPÍTULO II
  119. Artículo 86. Potestad sancionadora. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  120. Artículo 87. Importe de las multas.
  121. Artículo 88. Proporcionalidad. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  122. Artículo 89. Sanciones accesorias.
  123. Artículo 90. Reducción de la sanción.
  124. Artículo 91. Reparación del daño e indemnización.
  125. Artículo 92. Multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
  126. Artículo 93. Sanciones por infracciones administrativas concurrentes.
  127. Artículo 94. Decomiso.
  128. Artículo 95. Prescripción de las sanciones.
  129. Artículo 96. Registro Regional de Infractores.
  130. CAPÍTULO III
  131. Artículo 97. Procedimiento sancionador.
  132. TÍTULO VIII
  133. CAPÍTULO I
  134. Artículo 98. Concepto y régimen jurídico.
  135. Artículo 99. Funciones.
  136. CAPÍTULO II
  137. Artículo 100. Requisitos para la autorización.
  138. Artículo 101. Autorización e inscripción en el Registro.
  139. Disposición adicional primera. Adscripción de edificios e infraestructuras para usos sociales.
  140. Disposición adicional segunda. Fundaciones y asociaciones de carácter forestal.
  141. Disposición adicional tercera. Impugnación de la titularidad e inscripción de los montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
  142. Disposición adicional cuarta. Prescripción adquisitiva de los montes patrimoniales.
  143. Disposición adicional quinta. Asientos registrales de montes privados.
  144. Disposición adicional sexta. Derecho de adquisición preferente.
  145. Disposición adicional séptima. Gestión de montes pro indiviso.
  146. Disposición adicional octava. Cuerpo de Guardería Forestal.
  147. Disposición adicional novena. Exenciones pago de tasas.
  148. Disposición adicional décima. Desarrollo de los servicios ecosistémicos.
  149. Disposición transitoria primera. Montes declarados de utilidad pública con anterioridad a esta Ley.
  150. Disposición transitoria segunda. Árboles declarados singulares con anterioridad a esta Ley.
  151. Disposición transitoria tercera. Servidumbres en montes demaniales.
  152. Disposición transitoria cuarta. Plazo para la ordenación de montes.
  153. Disposición transitoria quinta. Plazo para aprobar las instrucciones para la ordenación y aprovechamiento de montes.
  154. Disposición transitoria sexta. Montes ordenados a la entrada en vigor de esta Ley.
  155. Disposición transitoria séptima. Incentivos económicos en montes no ordenados.
  156. Disposición transitoria octava. Revisión de superficies mínimas.
  157. Disposición transitoria novena. Participación pública.
  158. Disposición transitoria décima. Consorcios y convenios de repoblación. 2 redacciones · cambió el 14/03/2023
  159. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  160. Disposición final primera. Modificación de la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.
  161. Disposición final segunda. Modificación del artículo 55 de la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial de Castilla-La Mancha.
  162. Disposición final tercera. Modificación del artículo 39 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha.
  163. Disposición final cuarta.
  164. Disposición final quinta. Habilitación normativa.
  165. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  166. Firma